La inhabilidad del título se refiere a la falta de requisitos esenciales del título que lo invalidan y debe limitarse a sus requisitos extrínsecos, entre los que se encuentran los involucrados en la relación jurídica sustancial que emana de él. Por lo que el cuestionamiento respecto de la falta de legitimación sustancial pasiva, debe canalizarse a través de la defensa de inhabilidad, no constituye...
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La excepción de inhabilidad de título procede cuando no concurren los requisitos del art. 5º de la ley 9024, esto es, las exigencias extrínsecas del título; sin embargo, mediante esa excepción se puede denunciar en el juicio ejecutivo la inexistencia de la deuda reclamada o la falta de legitimación activa o pasiva.
Que la excepción de inhabilidad de título esté limitada a las formas extrínsecas...
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Del art. 793 C.Com. se extrae una idea clave: en caso de que se invoque como fuente del reclamo la existencia de saldo deudor en cuenta corriente, será suficiente el título que el banco emita en la medida que se encuentre suscripto con las firmas de su gerente y contador.
La inhabilidad fundada en que no aparece firmado por el «gerente comercial» del Banco es inaudible si el documento reúne las...
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La excepción de inhabilidad de título procede cuando se cuestiona la idoneidad jurídica del título, sea porque no figura entre los mencionados en la ley o porque no reúne los requisitos a que está condicionada su fuerza ejecutiva (obligación dineraria, líquida y exigible). \nValorar la omisión de alguno de los pasos previos necesarios para la correcta emisión del título, o por el contrario, consta...
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La excepción de inhabilidad de título no puede fundarse en la indeterminación o excesiva onerosidad de los intereses contenidos en el documento, ya que se trata de una cuestión que debe ser discutida en la etapa de cumplimiento de la sentencia de remate, pues el exceso aparece en el momento del pago y no al oponer las excepciones procesales. ...
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La excepción de inhabilidad de título no puede fundarse en la indeterminación o excesiva onerosidad de los intereses contenidos en el documento, ya que se trata de una cuestión que debe ser discutida en la etapa de cumplimiento de la sentencia de remate, pues el exceso aparece en el momento del pago y no al oponer las excepciones procesales. ...
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La contradicción existente en una demanda ejecutiva en la que se expresa que se admite la morigeración de los intereses y luego se solicitan los pactados, no puede ser interpretada como renuncia a los accesorios, ya que la intención de renunciar en nuestro ordenamiento fondal no se presume y la interpretación de los actos que tiendan a probarla debe ser restrictiva. \nL...
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La excepción de inhabilidad de título no puede fundarse en la indeterminación o excesiva onerosidad de los intereses contenidos en el documento, ya que se trata de una cuestión que debe ser discutida en la etapa de cumplimiento de la sentencia de remate, pues el exceso aparece en el momento del pago y no al oponer las excepciones procesales. ...
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La excepción de inhabilidad de título no puede fundarse en la indeterminación o excesiva onerosidad de los intereses contenidos en el documento, ya que se trata de una cuestión que debe ser discutida en la etapa de cumplimiento de la sentencia de remate, pues el exceso aparece en el momento del pago y no al oponer las excepciones procesales. ...
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La contradicción existente en una demanda ejecutiva en la que se expresa que se admite la morigeración de los intereses y luego se solicitan los pactados, no puede ser interpretada como renuncia a los accesorios, ya que la intención de renunciar en nuestro ordenamiento fondal no se presume y la interpretación de los actos que tiendan a probarla debe ser restrictiva. \nL...
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