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29 Nov 2005

Jubilación

Frías, Leonardo Marcos c/ Municipalidad de Río Cuarto Jubilación
Empleado municipal / Gratificación por jubilación / Procedencia /
Tribubal: Cámara 1ª C., C. y Cont. Adm. de Río Cuarto

El art. 30 de la ley 8024, determina que la calificación del carácter de la incapacidad resulta ser un acto administrativo dictado por la autoridad provincial, conforme con las normas sustanciales y reglamentarias vigentes sobre la base de la apreciación de las circunstancias de hecho suministradas por sus agentes, juntas médicas, etc. Dicha calificación es la qu...

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29 Nov 2005

Jubilación

Frías, Leonardo Marcos c/ Municipalidad de Río Cuarto Jubilación
Empleado municipal / Gratificación por jubilación / Procedencia /
Tribubal: Cámara 1ª C., C. y Cont. Adm. de Río Cuarto

Para tener derecho a la gratificación por jubilación, es condición tener acordado un beneficio previsional por invalidez permanente. La calificación legal del beneficio como provisorio o definitivo, es atribución del organismo provincial y no puede ser revisada en sede municipal...

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29 Nov 2005

Jubilación

Frías, Leonardo Marcos c/ Municipalidad de Río Cuarto Jubilación
Empleado municipal / Gratificación por jubilación / Procedencia /
Tribubal: Cámara 1ª C., C. y Cont. Adm. de Río Cuarto

No resulta posible para la administración municipal apartarse del claro camino marcado por la ley, sin que el funcionario que tome tal decisión vea comprometida su responsabilidad personal y funcional ante la propia administración y en definitiva, ante el reproche social que podría formulársele en razón de que su conducta podría ser encuadrada en la...

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29 Nov 2005

Jubilación

Frías, Leonardo Marcos c/ Municipalidad de Río Cuarto Jubilación
Empleado municipal / Gratificación por jubilación / Procedencia /
Tribubal: Cámara 1ª C., C. y Cont. Adm. de Río Cuarto

El otorgamiento de la gratificación por jubilación, previsto por el art. 47 de la ordenanza 282/92, para todo agente municipal que egrese de la planta permanente por acogimiento a los beneficios de la jubilación ordinaria, por edad avanzada o por invalidez permanente, supone claramente el ejercicio de una facultad reglada por parte de la administración. La norma condici...

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17 May 2005

Jubilación

Cabanillas, Abel M. c/ Caja de Jubilaciones, Pensiones y Subsidios de Abogados y Procuradores de la Provincia de Córdoba Jubilación
Caja de Abogados / Reintegro a la actividad profesional / Derecho subjetivo administrativo / Teoría de los actos propios /
Tribubal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa

Las aristas fácticas diversas -reintegro a la actividad profesional como consecuencia de la rehabilitación de la matrícula para el ejercicio liberal de la profesión, la realización de nuevos aportes y el expreso reconocimiento de los nuevos servicios por la institución previsional- califican jurídicamente el caso bajo juzgamiento e imponen una soluc...

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27 Apr 2005

Jubilación

Bonino, Roberto Miguel c/ Caja de Previsión y Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Córdoba Jubilación
Caja de Previsión y Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia / Ejercicio de la profesión / Actividad comprendida /
Tribubal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa

El ejercicio de la profesión de jurisconsulto comporta el desempeño de la abogacía en sus distintas formas: asesoramiento, patrocinio, representación, defensa y todas las otras funciones que le estén encomendadas por ley (confr. art. 16 inc. a ley 5805). \nEl cometido de este auxiliar de la justicia no se limita a una tarea estrictamente proce-salista, en el sent...

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27 Apr 2005

Jubilación

Bonino, Roberto Miguel c/ Caja de Previsión y Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Córdoba Jubilación
Prueba de las actividades extrajudiciales /
Tribubal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa

La Caja de Abogados registra como servicios profesionales aquéllos provenientes de la iniciación de juicios ante los tribunales con jurisdicción y competencia en la provincia, en donde el pago de los aportes se comprueba a través de la boleta de depósito a la orden de la citada institución (art. 22 óltimo párrafo, ley 6468) a los fines previs...

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27 Apr 2005

Jubilación

Bonino, Roberto Miguel c/ Caja de Previsión y Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Córdoba Jubilación
Aporte mínimo del afiliado: efectos / Carga de probar la prestación efectiva de actividad /
Tribubal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa

Es razonable entender que el abono del aporte mínimo por el afiliado y su aceptación incondicionada por la Caja, no acreditan por sí la actividad profesional, sino que, antes bien, sobre el afiliado pesa la carga de probar esa prestación efectiva de actividad, en el amplio espectro que habilita las incumbencias del título profesional, ya que es quien se encuentra...

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27 Apr 2005

Jubilación

Bonino, Roberto Miguel c/ Caja de Previsión y Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Córdoba Jubilación
Aporte mínimo del afiliado: efectos / Carga de probar la prestación efectiva de actividad /
Tribubal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa

Constituye una interpretación justificada del sentido jurídico integrador y sistemático que debe atribuirse al art. 36, 1ª parte, ley 6468, adoptar frente al supuesto de hecho -«necesidad de demostrar el efectivo ejercicio profesional extrajudicial»- una forma de acreditación que no se limita a la exigencia pretoriana de demostrarla sólo por prueba por escrito o ...

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10 Feb 2005

Jubilación

Barro, Armando Luis y otros c/ Banco Social de Córdoba Jubilación
Subsidios por jubilaciones del Fondo Compensador / Naturaleza /
Tribubal: T.S.J., Sala Laboral

El aporte efectuado por el ?Banco? al sistema instituido -subsidio- es una prestación a título gratuito, del ámbito del derecho público.\nEl aspecto de exigibilidad es el que resulta modificado cuando esta forma obligacional impacta en el derecho público (del voto del Dr. Rubio).\n...

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