El hecho de que uno de los jueces haya dejado de integrar la Cámara unos días antes de que el último vocal hubiese concluido el estudio individual de la causa, no permite entender que no hubo acuerdo entre los magistrados, quienes perfectamente pudieron conversar y debatir con anterioridad el contenido del pronunciamiento....
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Las nulidades absolutas no caben en el sistema de las nulidades procesales. Sólo cuando se conectan o vinculan con un vicio de tipo sustancial previsto en la legislación de fondo pueden originar una ineficacia de carácter absoluto.\nLa interpretación teleológica y axiológica de las formas procesales impone la declaración de invalidez de actuaciones ...
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En el caso previsto en el art. 382, 3er párr. C.P.C.C., resulta obligatorio e ineludible que cada uno de los votos de los vocales que integran un tribunal colegiado, contenga sus propios fundamentos, bajo conminación de nulidad del resolutorio por falta de fundamentación ?legal? de conformidad con la norma del art. 155 Const. Pcial.. Las partes, especialmente aquélla cu...
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cute;n de pase a estudio de la causa, si no consta que efectivamente el impugnante se haya anoticiado por la consulta en los registros públicos en los términos del art. 119 C.P.C.C..La firma de la decisión por un magistrado que estaba apartado del conocimiento de la causa constituye una infracción a las formas y solemnidades prescriptas para el dictado de la resoluci&oa...
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