La resolución de un contrato implica su anulación y, por consiguiente, en virtud del principio iura novit curia, el tribunal debe mandar a devolver el automóvil para cumplir un postulado básico de justicia distributiva, sin que pueda invocarse que se está invadiendo el principio de congruencia por no haber mediado explícito pedido de parte interesada, pues...
Ver más
El acto de enajenación efectuado por uno de los cónyuges tiene un carácter complejo ya que quien dispone del bien es el cónyuge administrador, el otro no hace sino prestar su asentimiento al acto; es decir, admite, da su venia. Es una forma de completar una manifestación de voluntad que por sí sola es insuficiente para producir efectos jurídicos....
Ver más
La resolución de un contrato implica su anulación y, por consiguiente, en virtud del principio iura novit curia, el tribunal debe mandar a devolver el automóvil para cumplir un postulado básico de justicia distributiva, sin que pueda invocarse que se está invadiendo el principio de congruencia por no haber mediado explícito pedido de parte interesada, pues...
Ver más
El acto de enajenación efectuado por uno de los cónyuges tiene un carácter complejo ya que quien dispone del bien es el cónyuge administrador, el otro no hace sino prestar su asentimiento al acto; es decir, admite, da su venia. Es una forma de completar una manifestación de voluntad que por sí sola es insuficiente para producir efectos jurídicos....
Ver más
La admisión del daño moral ofrece dos graves problemas: el primero estimar ontológicamente cuándo puede existir y el segundo, su valuación. En cuanto a lo primero y tratándose de un incumplimiento contractual, tiene que haberse probado cómo es que ese incumplimiento haya llegado a afectar anímicamente a la otra parte. El juez debe manejarse c...
Ver más
La admisión del daño moral ofrece dos graves problemas: el primero estimar ontológicamente cuándo puede existir y el segundo, su valuación. En cuanto a lo primero y tratándose de un incumplimiento contractual, tiene que haberse probado cómo es que ese incumplimiento haya llegado a afectar anímicamente a la otra parte. El juez debe manejarse c...
Ver más
1. A partir de la unificación de jurisprudencia producida por el Tribunal Superior de Justicia en la Sent. Nº 28 del 30/11/93 en autos “Espíndola y otro c/ Loriz - Ordinario - Rec. de revisión” la teoría del riesgo creado ha tenido acogida en casi todos los ámbitos judiciales de nuestra provincia.
Ella, que fue recepcionada en el art. 1113 del Código Civil, ha tenido particularmente en cuenta que...
Ver más