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Asentimiento conyugal / Efectos /

El acto de enajenación efectuado por uno de los cónyuges tiene un carácter complejo ya que quien dispone del bien es el cónyuge administrador, el otro no hace sino prestar su asentimiento al acto; es decir, admite, da su venia. Es una forma de completar una manifestación de voluntad que por sí sola es insuficiente para producir efectos jurídicos....
Tribunal: Cámara C. y C., Flia. y Cont. Adm. de Villa María
Autos: Colaso, Mariela Mabel c/ Mariela Esther Pantuso y otro

Revista Nro: 102
Nro Página: 272

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