El actuar típico se encuentra exento de antijuridicidad cuando concurre una causa de justificación por obrar en defensa propia y de terceros, que responde con una reacción racional frente a agresiones ilegítimas. Las causas de justificación previstas en los incs. 6 y 7 (legítima defensa propia y de terceros) del art. 34 C.P. constituyen permisos o autorizaciones para incurrir en un comportamiento ...
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El camino de la llamada justicia por mano propia, más temprano que tarde, conduce a la total disgregación social y supone desechar el último eslabón en que se debe cimentar una República, cual es el de la confianza popular en la Justicia, último reducto de credibilidad de todo justiciable, y sobre todo de quienes merecen la máxima atención de ella, que son los más humildes y desposeídos. La socied...
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El secuestro es una medida de coerción real, cautelar y provisional que tiene por finalidad asegurar los fines del proceso, que restringe o limita temporariamente la libre disponibilidad de bienes del imputado o de terceros, que se dispone para conservar o recoger las cosas relacionadas con el delito, las sujetas a confiscación o aquéllas que puedan servir como prueba (art. 210 C.P.P.).
El fisc...
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El comiso importa la pérdida en favor del Fisco de los instrumentos y efectos del delito.
Debe diferenciarse del objeto sobre el cual recae la acción típica (objeto del delito), del instrumento utilizado para cometer el delito (instrumento de comisión delictiva).
Si bien la actual redacción del art. 23 C.P. permite el despacho de medidas cautelares para asegurar el decomiso, las modificacion...
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