La nulidad procesal requiere un perjuicio concreto para alguna de las partes, pues no procede su declaración en el solo interés del formal cumplimiento de la ley siendo inaceptable en el ámbito del derecho procesal la declaración de nulidad por la nulidad misma (del voto del Dr. Mariano Hernán Borinsky)
La garantía de imparcialidad del juez es uno de los pilares en que se apoya nuestro sistema ...
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El Servicio Penitenciario es un auxiliar del juez de ejecución, a partir de la creación del fuero especializado que complementa y materializa la vigencia del principio de judicialización previsto en la ley 24.660 (del voto en mayoría de la Dra. Ledesma)
La información que la administración penitenciaria brinda al juez nunca puede ser vinculante porque, de lo contrario, se presentaría una altera...
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La necesidad de regular la libertad asistida fue la de adecuar la legislación nacional a los postulados internacionales que operan como una garantía al principio resocializador (del voto de la Dra. Ledesma, voto en mayoría).
Si bien el art. 104 de la ley 24.660 establece que la calificación de concepto servirá de base para el otorgamiento de la libertad asistida, lo cierto es que ello será así ...
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Las cuestiones subjetivas del condenado, por expresa disposición del art. 19 C.N., integran un ámbito privado en el cual el Estado no puede inmiscuirse. Este mandato de nuestra Carta Magna está comprometido con el principio de autonomía de la persona que valora la libre elección de planes de vida e ideales de excelencia humana (del voto en mayoría de la Dra. Ledesma).
El principio de autonomía ...
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El relativo cumplimiento por parte del condenado en las distintas áreas de tratamiento penitenciario, no impide que el Consejo Correccional, al pronunciarse por la viabilidad de la libertad asistida, lo haga en forma negativa, teniendo como parámetro la situación total del encausado (del voto en minoría del Dr. David).
No resulta arbitraria o impuesta en violación a garantías y derechos constit...
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