Ejecución de la pena

Prohibición de valorar cuestiones subjetivas del condenado / Principio de autonomía constitucional / Falta de arrepentimiento del condenado: irrelevancia / Carácter excepcional de la denegación del instituto . Valoración de elementos objetivos y verificables /

Las cuestiones subjetivas del condenado, por expresa disposición del art. 19 C.N., integran un ámbito privado en el cual el Estado no puede inmiscuirse. Este mandato de nuestra Carta Magna está comprometido con el principio de autonomía de la persona que valora la libre elección de planes de vida e ideales de excelencia humana (del voto en mayoría de la Dra. Ledesma). El principio de autonomía ...
Tribunal: Cámara Federal de Casación Penal de la Ciudad de Buenos Aires, Sala II
Autos: Montiel, Amado Manuel s/ recurso de casación

Revista Nro: 171
Nro Página: 342

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