Se denominan contratos de adhesión aquellos convenios que contienen estipulaciones uniformes, generales y estandarizadas elaboradas por una parte, que asume una posición predominante, destinadas a ser aceptadas por un grupo de personas, a quienes sólo les queda la opción de contratar de acuerdo con las condiciones previamente determinadas o no contratar. En este tipo de contratos, el estipulante e...
Ver más
Se denominan contratos de adhesión aquellos convenios que contienen estipulaciones uniformes, generales y estandarizadas elaboradas por una parte, que asume una posición predominante, destinadas a ser aceptadas por un grupo de personas, a quienes sólo les queda la opción de contratar de acuerdo con las condiciones previamente determinadas o no contratar. En este tipo de...
Ver más
Se denominan contratos de adhesión aquellos convenios que contienen estipulaciones uniformes, generales y estandarizadas elaboradas por una parte, que asume una posición predominante, destinadas a ser aceptadas por un grupo de personas, a quienes sólo les queda la opción de contratar de acuerdo con las condiciones previamente determinadas o no contratar. En este tipo de...
Ver más
\r\nEl art. 402 inc. 2 C.P.C.C. faculta al letrado que actúa patrocinando o representando al recurrente, para presentar copias simples de los instrumentos procesales que esa norma exige. Según el texto legal, las copias deben ser firmadas por el mismo abogado, bajo la responsabilidad del art. 90 del mismo cuerpo; es decir, con la declaración jurada sobre su fidelidad. En caso de omitirse este jura...
Ver más