El juicio de admisibilidad practicado por la cámara al conceder el recurso de casación no vincula al Tribunal Superior, a quien el pertenece la facultad de pronunciarse en última instancia sobre la habilitación de la competencia casatoria (del voto de los Dres. Andruet, Cafure de Battistelli, Sesin).
A los fines de la casación, el agravio es irreparable cuando por el dictado de una nueva resolu...
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A fin de verificar si existe el vicio nulificante que se denuncia, el tribunal de casación actúa ?como juez de hecho?, a efectos de comprobar si es verdad que la actividad procesal no se ha desarrollado con las formas debidas, para lo cual puede recurrir a la comprobación de las circunstancias de la causa y aun puede producir una investigación para indagar el verdadero ...
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A los efectos de definir el alcance de la expresión ?sentencia definitiva? (art. 469 C.P.P.), hay que prestar atención a los lineamientos trazados por el máximo tribunal de la República, tal como se exige a partir del precedente ?Di Mascio?. Es que el estándar jurisprudencial fijado por la Corte Suprema establece que existen pronunciamientos que pueden y deben se...
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La identidad personal entre el juez que ordenó el allanamiento y la del que tiene que resolver en primera instancia el planteo de nulidad deducido contra él, no importa ninguna situación objetivamente compro-metedora de la separación de las funciones de acusación y juzgamiento que garantiza nuestra Constitución (arts. 18, 33, 75 inc. 22 C.N.; 26 D.A.D.D.H....
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El art. 443 C.P.P. establece que el derecho de impugnar una resolución corresponde tan sólo a quien le es expresamente acordado, siempre que tuviere un interés directo. Esta exigencia constituye no sólo una condición para la procedencia formal sino también para la procedencia sustancial del recurso. En el plano formal, es necesario que el recurrente procu...
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Sólo el error u omisión material intrascendente para afectar garantías constitucionales no constituye motivo de casación. Por ende, cuando se sostenga la concurrencia de un error de la especie mencionada trascendente, esto es, idóneo para afectar garantías constitucionales por su directa incidencia en la parte dispositiva del fallo, el mismo se erige a con...
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La finalidad del recurso de casación fundada en el motivo de sentencias contradictorias es fijar una doctrina legal unificada con el objeto de evitar contradicciones entre los pronunciamientos jurisdiccionales, en orden a la interpretación y aplicación de la ley.
En pos de cumplimentar el requisito de fundamentación autónoma del recurso de casación el impugnante debe procurar poner de manifies...
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Para la procedencia del recurso de casación fundado en el inc. 3 del art. 383 C.P.C.C. se requiere que ante situaciones fácticas análogas, las soluciones de derecho hayan sido diversas. El objeto es declarar la genuina inteligencia legal y superar la distinta interpretación jurisprudencial en tributo a la seguridad jurídica....
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Según el art. 443 C.P.P., el derecho de impugnar una resolución corresponderá tan sólo a quien le sea expresamente acordado, siempre que tuviere un interés directo. Esta exigencia no sólo es una condición para la procedencia formal sino también para la procedencia sustancial de la impugnación. Este último aspecto ha sido elabora...
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Con relación a las resoluciones que absuelven al imputado por el beneficio de la duda, se ha sostenido que la conclusión dubitativa puede ser objetada si el tribunal no ha proporcionado fundamentos, o bien si la fundamentación se ha basado en prueba ilegal o ha omitido prueba decisiva. Empero, si se invoca este último supuesto, para la viabilidad de la queja debe tratar...
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