La regla genérica de inapelabilidad impuesta por el art. 273, inc. 3, ley 24.522, es aplicable a los actos regulares del proceso colectivo que son consecuencia de su tramitación ordinaria, respecto de los cuales el criterio limitativo se justifica porque la celeridad y agilidad de los trámites concursales pueden verse perturbadas por apelaciones dilatorias del desarrollo normal de la causa.
La...
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De acuerdo con el art. 19 del Código de Procedimiento Administrativo, para la viabilidad de la suspensión de la ejecución de un acto administrativo, se ha establecido la necesidad de realizar un balance entre el grave daño al administrado y el menoscabo que su suspensión puede acarrear a los intereses colectivos (del voto de la mayoría, Dres. Ávalos, De Souza).
Para la suspensión de la ejecució...
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La materia contencioso administrativa se configura sólo en presencia de resoluciones dictadas en ejercicio de la función administrativa por autoridades con facultad para decidir en última instancia y que resuelvan o hayan tenido oportunidad de resolver sobre el fondo de la cuestión o derecho vulnerado, según se trate de acto denegatorio expreso o presunto (T.S.J., Autos Nº 12/1982 ?Sodicor...?, Nº...
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El sistema normativo vigente establece sólo dos momentos para el análisis y resolución de las problemáticas vinculadas a la concurrencia de los requisitos procesales necesarios para acceder a la instancia contencioso administrativa, siempre dentro de la primera etapa del proceso, a saber: a) cuando el tribunal establece de oficio si el asunto que motiva la demanda corresponde a su jurisdicción, pr...
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Conforme al ordenamiento jurídico aplicable en la especie, el tribunal no podía ingresar al tratamiento de una problemática vinculada a la competencia jurisdiccional en función de acusar la carencia de un presupuesto procesal inexcusable para la admisibilidad de la jurisdicción contencioso administrativa, por cuanto ese aspecto formal ya fue motivo de especial análisis en la etapa de habilitación ...
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En el contexto de la ley 7182, las excepciones de incompetencia siempre deben oponerse en forma de artículo previo y dentro del plazo de traslado ordinario de la demanda (arts. 11, 25 y 26). Ello en razón de privilegiarse la seguridad jurídica, evitando el desgaste jurisdiccional que eventualmente provocaría su tratamiento ulterior....
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El tribunal al dictar sentencia y declarar por mayoría, su incompetencia para intervenir en el proceso considerando que lo cuestionado en autos corresponde a la Justicia Federal, no ha fijado adecuadamente los extremos a resolver (art. 38 ley 7182) y compromete los principios de preclusión procesal y contradictorio, al no atenerse a las concretas pretensiones hechas valer por la actora en la deman...
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En la tarea de resolver si una causa compete a la jurisdicción contencioso administrativa, por regla general, el juzgador no está vinculado por los fundamentos jurídicos propuestos por las partes, pudiendo examinar la procedencia formal de la acción, conforme a las normas jurídicas que estime acertadas para encuadrar el caso planteado, proveyendo a la contienda de una solución derivada de una inte...
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Dado el objeto de la pretensión deducida, se efectuó un planteamiento conjunto de una cuestión federal con una de orden local. El respeto del sistema federal, de las autonomías provinciales y municipales, exige que sean los magistrados locales los que intervengan en las causas en que se ventilen asuntos de esa naturaleza, sin perjuicio de que las cuestiones de índole federal que también puedan com...
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No es excluyente la jurisdicción federal por el solo hecho que la pretensión que es contenido de la acción se fundamente parcialmente en normas de índole federal, pues la causa se debe tramitar ante los estrados judiciales locales, porque los derechos que la actora alega como vulnerados por la normativa municipal que impugna se encuentran protegidos por la Constitución Provincial y demás normas de...
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