Proceso contencioso administrativo

Jurisdicción competente / Derechos y garantías vulnerados /

No es excluyente la jurisdicción federal por el solo hecho que la pretensión que es contenido de la acción se fundamente parcialmente en normas de índole federal, pues la causa se debe tramitar ante los estrados judiciales locales, porque los derechos que la actora alega como vulnerados por la normativa municipal que impugna se encuentran protegidos por la Constitución Provincial y demás normas de...
Tribunal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa
Autos: Rofina S.A.I.C.F. c/ Municipalidad de Villa María

Revista Nro: 139
Nro Página: 247

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase