Resulta revisable en casación la resolución que eleva la causa a juicio en contra del abogado que -a raíz de ello y por disposición expresa de la ley que regula el ejercicio profesional- queda sujeto a la potestad disciplinaria del tribunal deontológico que cuenta con facultades legales para suspenderlo preventivamente en la matrícula.
En la medida en que el hecho atribuido al imputado abogado...
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El tercero civilmente demandado es un sujeto eventual del proceso penal que está legitimado a interponer recurso de casación frente a una sentencia que lo declara civilmente responsable (art. 448 en func. del art. 473 C.P.P.), pudiendo cuestionar -incluso- el aspecto penal del hecho (su existencia, que el imputado lo haya cometido, que constituya delito, que subsista la acción penal emergente del ...
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En lo que respecta a la fundamentación probatoria, compete a esta sala verificar la aplicación de las reglas de la sana crítica en la valoración de las pruebas en el caso concreto, con el único límite de lo que no resulte revisable, esto es, lo que surja directa y únicamente de la inmediación. Y que si la obligación constitucional y legal de motivar la sentencia impone al tribunal de mérito -entre...
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La fundamentación de la sentencia constituye una exigencia establecida en forma implícita en el art. 18 C.N., cuando instaura el principio del juicio previo, que constituye sinónimo del debido proceso. Ello por cuanto resulta una exigencia lógica que la decisión que pone fin a toda cuestión sometida a consideración, transparente -al menos sintéticamente- las razones de hecho y de derecho que diero...
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El art. 443 C.P.P, en tanto prescribe que “las resoluciones judiciales serán recurribles sólo por los medios y en los casos expresamente establecidos”, consagra el principio de taxatividad, según el cual los recursos proceden en los casos expresamente previstos. De tal modo, si la resolución que se ataca no está captada como objeto impugnable dentro del elenco consagrado por la ley adjetiva, el re...
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En lo que al recurso de casación se refiere, el Código Procesal Penal limita las resoluciones recurribles en casación a las sentencias definitivas y a los autos que pongan fin a la pena, o que hacen imposible que continúen, o que denieguen la extinción, conmutación o suspensión de la pena (art. 469) y a los autos que resuelven los incidentes de la ejecución de las penas (art. 502). A partir de dic...
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El decreto que ordena el cese de la suspensión del proceso y su prosecución según su estado no constituye una sentencia definitiva, pues no pone fin al proceso ni impide su continuación sino que involucra la continuación de uno que se encontraba suspendido, por no mediar más el obstáculo transitorio (declaración de prejudicialidad penal) a la prosecución de la acción que había motivado el acogimie...
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La existencia de un mero lapsus calami no susceptible de afectar garantía constitucional alguna, no resulta admisible como motivo de casación. A contrario sensu, deviene en un motivo de casación, el error material que lesiona una garantía constitucional....
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El juicio de admisibilidad del recurso de casación que debe efectuar el Tribunal de segunda instancia consta de dos partes, uno que podría denominarse “extrínseco” en el cual se verifica la inobservancia de los recaudos formales externos y, otro, “intrínseco” en el cual el tribunal constata si prima facie existe concordancia entre los presupuestos legales y la causa petendi....
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Si el texto positivo que surge del precepto que se considera erróneamente aplicado e interpretado (art. 56 L.C.Q.), no ofrece dudas en cuanto a que, al regular sobre la prescripción, integra la legislación sustancial, su interpretación no es materia revisable por la casación intentada al amparo del inc. 1 del art. 383 del C.P.C.C.
En el ámbito de la casación civil, la aplicación e interpretació...
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