El derecho real de hipoteca es el derecho de garantía que recae en uno o más inmuebles del constituyente, los que continúan en su poder, otorgando al acreedor las facultades de persecución y preferencia para cobrar su crédito garantizado. De ahí que el elemento característico es el de servir de garantía al crédito, que conforma la principal obligación de la relación. Justamente por la relación acc...
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La pretensión de realizar juicio de escrituración para compelir al demandado a suscribir la hipoteca a su favor, carece totalmente de asidero jurídico. Ello por cuanto los derechos reales están imbuidos de formalidades que no pueden ser dejadas de lado. Su adquisición requiere de título y modo suficientes, entendiéndose por título el acto jurídico revestido de las formas establecidas por la ley qu...
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I. Introducción. II. El tiempo y el derecho. III. La inscripción de hipoteca y su caducidad. IV. Conclusiones. Apéndice....
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Nuestro derecho consagra el principio de accesoriedad de la hipoteca, según el cual ésta es un derecho real accesorio que no puede concebirse ni existir sin un derecho de crédito cuyo cumplimiento y satisfacción procura asegurar. Esta dependencia de la hipoteca respecto del derecho personal que le sirve de presupuesto y sustento y del cual es jurídicamente inseparable, constituye un carácter esenc...
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En el sistema del Código Civil, la inscripción tiene carácter puramente declarativo y se limita al perfeccionamiento de la adquisición del derecho, pero exclusivamente para su oponibilidad a terceros. En efecto, los derechos reales deben ser inscriptos en el Registro de la Propiedad del Inmueble para que sean oponibles a terceros (art. 2505 C.C. y art. 2º ley 17.801). L...
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La publicidad registral en los registros de tipo declarativos está concebida a los fines de hacer oponibles a terceros los documentos inscriptos; aparece como consecuencia de la necesidad de proteger el tráfico jurídico. De allí que puede colegirse que la inscripción tiene carácter puramente publicístico con el que el legislador sólo pretende...
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El derecho real de hipoteca, como ha quedado demostrado, directamente no ha sido inscripto. Esto último perjudica de manera definitiva la viabilidad de la pretensión del quejoso, toda vez que por la falta de inscripción aquella garantía no es oponible a los terceros ni al resto de los acreedores que integran la masa falencial, circunstancia que impide el ejercicio del d...
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Aunque el crédito del apelante haya sido reconocido mediante sentencia verificatoria firme que reconoce el privilegio hipotecario, ello no relevaba al quejoso de la carga de cumplir con las formalidades previstas por la normativa especial que le exigía la inscripción para que su derecho real de garantía fuera oponible a los terceros y al resto de los acreedores falencia...
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El Coeficiente de Variación Salarial (CVS) regulado por decreto del P.E.N. N...
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La hipoteca, por ser un derecho real, esencialmente accesorio presupone necesariamente la existencia de un crédito al que accede y consecuencia de ello es que sigue la suerte y la condición jurídica de dicho crédito, extinguiéndose por el pago y demás modos de extinción del crédito accedido.\nLa hipoteca integra el grupo de derechos reales ac...
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