Hipoteca

Carácter declarativo de su inscripción /

En el sistema del Código Civil, la inscripción tiene carácter puramente declarativo y se limita al perfeccionamiento de la adquisición del derecho, pero exclusivamente para su oponibilidad a terceros. En efecto, los derechos reales deben ser inscriptos en el Registro de la Propiedad del Inmueble para que sean oponibles a terceros (art. 2505 C.C. y art. 2º ley 17.801). L...
Tribunal: Cámara 3° C. C.
Autos: Lyta S.A.

Revista Nro: 103
Nro Página: 174

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