La exigencia constitucional de fundamentación lógica y legal (art. 155 Const. Pcial.) es cualitativa antes que cuantitativa. Es decir, no es la extensión lo que hace que la fundamentación sea la debida o adecuada, sino el sustento intrínseco de la razón o razones que, aun escuetamente expuestas, constituyen el soporte fáctico, jurídico y lega...
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La mera adjetivación de la motivación expuesta en el fallo (catalogar la resolución resistida -como ocurre en el caso- de ?arbitraria?, ?infundada?, ?absurda?, ?dictada en el aire? o in pectore) sin explicitar concretamente por qué corresponde juzgarla contraria a derecho, esto es por qué resulta fáctica o jurídicamente incorrecta, es insuficiente c...
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Por imperio de las prescripciones contenidas en los arts. 559 inc. 1; 515 y 553 C.P.C.C., el primero de los dispositivos mencionados es claro y categórico, cuando establece la restricción recursiva -en los procesos ejecutivos- durante la instancia. Complementa la solución el art. 515 -al que remite- en cuanto acuerda la posibilidad de que en la segunda instancia, se reparen lo...
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Por imperio de las prescripciones contenidas en los arts. 559 inc. 1; 515 y 553 C.P.C.C., el primero de los dispositivos mencionados es claro y categórico, cuando establece la restricción recursiva -en los procesos ejecutivos- durante la instancia. Complementa la solución el art. 515 -al que remite- en cuanto acuerda la posibilidad de que en la segunda instancia, se reparen lo...
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La norma del art. 83 C.P.C.C., pretende imponer un principio de ?moralidad? en la actuación profesional, en tanto impone meritar la conducta procesal, que debe ser claramente distinguida de la sanción al que litiga sin razón valedera, ya que ello recae en la imposición de las costas. Queda claro que no puede ?multarse? a quien no tiene derecho o razón jurí...
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La norma del art. 83 C.P.C.C., pretende imponer un principio de ?moralidad? en la actuación profesional, en tanto impone meritar la conducta procesal, que debe ser claramente distinguida de la sanción al que litiga sin razón valedera, ya que ello recae en la imposición de las costas. Queda claro que no puede ?multarse? a quien no tiene derecho o razón jurí...
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La firma del cheque impone al suscriptor la carga adicional de aclarar en qué carácter lo hace, esto es, precisar si su intervención fue en carácter personal o como representante de la persona jurídica que aparece como titular de la cuenta.
El suscriptor de un cheque, aun sin ser titular de la cuenta corriente, adquiere responsabilidad personal en caso de haber incumplido la carga de efectuar ...
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Las leyes especiales que rigen la materia (leyes 11.723 y 17.648 decreto reglamentario 41233/34 y 5146/69 respectivamente) determinan directivas en orden al cobro de los derechos de autor por la difusión pública de música de los autores asociados a SADAIC, estableciendo una recíproca colaboración en orden al aporte de elementos objetivos tendientes a determinar e...
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A quien reviste el carácter de usuario de SADAIC, le incumbe confeccionar las declaraciones juradas correspondientes a cada oportunidad en que la música es difundida con los elementos requeridos por el ente. A falta de dichas declaraciones juradas, SADAIC valiéndose de la facultad de control que le asiste y a partir de constataciones que se efectúan en los locales de lo...
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La reforma al art. 1582 bis C.C., resulta aplicable a contratos y hechos celebrados con anterioridad a su entrada en vigencia, pues tratándose de una norma de carácter interpretativo que, lejos de modificar el régimen imperante en la época de su sanción, se limitó a despejar las dudas de interpretación que él generaba, no se viola con su apli...
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