El Ministerio Público es una institución bicéfala que está integrada por la Procuración General y la Defensoría General de la Nación, cuyas funciones son concretar la política persecutoria y ejercer la defensa de los ciudadanos, respectivamente. Este diseño institucional es una exigencia republicana y, como tal, se encuentra replicado -con algunos matices- en los ordenamientos provinciales, con es...
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No tienen que pesar sobre el Ministerio Público de la Defensa deberes y obligaciones que de cualquier modo se encuentren emparentados con la política persecutoria del Estado. Esto, no sólo porque se trata de una función exclusiva y excluyente del Ministerio Público Fiscal sino porque el propio sistema de justicia pretende -cual fin en sí mismo e independientemente de procurar que ningún hecho grav...
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La caducidad es un modo de extinción del procedimiento administrativo. La causa que la origina es un hecho: el transcurso del tiempo sin la realización de actos procedimentales, lo que importa la paralización del trámite, es decir, una situación fáctica de inactividad que se transforma en jurídica por la declaración administrativa que la juzga imputable al particular que inició las actuaciones.
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El descargo presupone un procedimiento reducido tendiente a tutelar el derecho de defensa y a facilitar nuevos elementos de juicio a la administración. Si bien no requiere la formalidad propia del procedimiento sumarial, debe resguardar aunque sea mínimamente, el cumplimiento de los siguientes aspectos: derecho a ser oído, a ofrecer y producir prueba y a una decisión fundada, todo ello en el marco...
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El obrar administrativo se exhibiría justificado, siempre que no resultase posible que la demandada tuviera o pudiese tener conocimiento de la residencia del actor por cualquiera de sus diferentes registros, extremo no acreditado en autos, toda vez que en la sede administrativa se gestionaba una solicitud del agente en la cual se había denunciado un nuevo domicilio.
Aun cuando se trate de la c...
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La ley 20.266 considera la actividad del corretaje como de intermediación entre dos o más partes para la conclusión de negocios sin estar ligado a ninguna de ellas por relaciones de colaboración, subordinación o representación, con lo que puede entenderse que se lo califica como un contrato sui generis y no como locación de servicios o de obra, o mandato especial.
El corredor sólo tiene a su c...
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El actor procedió a demandar al corredor sin requerir de pago al principal obligado. No es cierto que el corredor reemplace al garante que se debería haber constituido solidario y principal obligado al pago en los términos del contrato, sino que aquél es responsable en la medida que su actuar generó un daño que no es atribuible en sustitución del garante, sino en la medida en que sea consecuencia ...
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Habiendo la demandada reconocido el siniestro eléctrico así como una indemnización por daños en favor de la actora, aunque sin detallar qué daño se estaba indemnizando, la que fue rechazada por insuficiente, se requiere definir si se encuentra acreditado el daño emergente sufrido por la actora, debido al cuestionamiento sobre ausencia de documentación respaldatoria de la titularidad de los bienes ...
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El agravio relativo al resarcimiento por daño moral debe ser desestimado por insuficiencia técnica, ya que sólo trasunta una disconformidad con la decisión de primera instancia, sin otorgar verdaderos fundamentos para justificar esa discrepancia. Si se considera la magnitud del siniestro que pudo haber ocasionado daños aún mayores, por poner en riesgo la salud y la integridad física de la actora y...
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El deber de restituir el expediente dentro del término del requerimiento nace sin necesidad de una conminación específicamente dirigida a prevenir la aplicación de la multa prevista en el 74 C.P.C.C., ya que dicho requisito no es exigido por la ley. Basta su violación, sin ninguna otra formalidad, para que se tipifique la conducta ilícita que la ley sanciona con multa.
La sanción del art. 74 C...
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