El procedimiento debe operar en función del derecho, y no el derecho en función del procedimiento, por lo que no constituye un razonamiento serio para rechazar la cautelar sostener que su despacho importa entrar de lleno en la cuestión de fondo, ya que la cautelar requiere verosimilitud y no certeza (del voto de la mayoría, Dr. Herrero).\r\nCuando se advierte que los argumentos de los actores son ...
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\r\nEl procedimiento debe operar en función del derecho, y no el derecho en función del procedimiento, por lo que no constituye un razonamiento serio para rechazar la cautelar sostener que su despacho importa entrar de lleno en la cuestión de fondo, ya que la cautelar requiere verosimilitud y no certeza (del voto de la mayoría, Dr. Herrero).\r\nCuando se advierte que los argumentos de los actores ...
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I. Introducción. II. Doctrina III. Jurisprudencia local y análisis argumental. IV. Recapitulación y propuestas. Bibliografía....
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I. Consideraciones iniciales. II. Activismo judicial. III. Tendencias actuales del activismo judicial. IV. Rol del Poder Judicial ante nuevos requerimientos. V. Re-caracterización del debido proceso legal, VI. Imparcialidad judicial, VII. Activismo e imparcialidad judicial: ¿conceptos compatibles o antagónicos? VIII. Facultades otorgadas por nuestro ordenamiento y límites de actuación respectivos....
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I. El tema. II. La incertidumbre. III. La práctica judicial. IV. El error. V. Conclusiones....
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I. Preámbulo. II. Las previsiones legislativas. III. Sobre la legitimación del órgano societario para formalizar la propuesta e imputabilidad de la propuesta. IV. El régimen de administración. V. El tanteo de la propuesta: el comité de control del acuerdo. VI. Otras apostillas. VII. Apreciación conclusiva....
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1. Un fallo con varios aspectos. 2. Una reforma a medio camino, un fuero que no termina de nacer. 3. El principio dispositivo y el fallo del Tribunal Superior. 4. La elección de los valores jurídicos....
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