Pena

Individualización judicial / Potestad discrecional del tribunal interviniente / Estándar de revisión: posibilidad de control a través del motivo formal o sustancial de casación /

El legislador le ha dejado al juez un margen de discrecionalidad para la individualización de las penas. En primer término para seleccionar la especie, cuando se conminan penas alternativas. En segundo lugar, para la fijación de su monto, cuando se conminan penas divisibles por su duración o cantidad. Por fin, para decidir cuando impone una pena de prisión que no exceda de tres años, su cumplimien...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Morata, Franco p.s.a. lesiones culposas agravadas

Revista Nro: 150
Nro Página: 362

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