Recusación con causa
Denuncia penal realizada a los magistrados por uno de los interesados /La sola existencia de una denuncia anterior no basta para que el magistrado deba inhibirse o pueda ser recusado. Para que la denuncia anterior funcione como causal de inhibición -o recusación- debe haber sido al menos admitida. La mera denuncia penal de una de las partes a los magistrados intervinientes tampoco resulta suficiente para acreditar el supuesto fáctico necesario para la configuración d...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Roco Colazo, Juan Manuel
Revista Nro: 132
Nro Página: 246