Recusación
Manifiesta improcedencia: trámite / Recusación sin causa: improcedencia para apartar a miembros del T.S.J. /Es jurisprudencia reiterada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que las recusaciones manifiestamente improcedentes o inadmisibles deben rechazarse de plano.\r\nEl Código Procesal Penal de la Provincia de Córdoba consagra un criterio de taxatividad en materia de recusaciones e inhibiciones, al disponer que podrán recusar al juez sólo cuando exista uno de los motivos enumerados en el art. ...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Roco Colazo, Juan Manuel
Revista Nro: 132
Nro Página: 246