Delitos contra la propiedad
Supuesto de interrupción del curso de aguas: modalidades típicas / Momento consumativo /\r\nEl delito de interrupción del curso de aguas (art. 182 inc. 3 C.P.) puede realizarse por el represamiento de éstas, vale decir, estancándolas; desviándolas de su curso normal, sin la intención de sustraerlas, para el uso y goce propio o ajeno; y deteniéndolas mediante obstáculos o haciéndolas sumir....
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Gareis, Carlos Adelino
Revista Nro: 129
Nro Página: 200