Delitos contra la propiedad

Supuesto de interrupción del curso de aguas: modalidades típicas / Momento consumativo /

\r\nEl delito de interrupción del curso de aguas (art. 182 inc. 3 C.P.) puede realizarse por el represamiento de éstas, vale decir, estancándolas; desviándolas de su curso normal, sin la intención de sustraerlas, para el uso y goce propio o ajeno; y deteniéndolas mediante obstáculos o haciéndolas sumir....
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Gareis, Carlos Adelino

Revista Nro: 129
Nro Página: 200

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