Nulidad procesal

Requisitos: firma de las partes / Nulidad por ausencia de firma: carácter /

El art. 403 C.P.P. determina el contenido de las actas de debate, disponiendo que deberá constar, bajo pena de nulidad, la firma de los miembros del tribunal, del fiscal, defensores, mandatarios y secretario, previa lectura (inc. 7). Sin embargo, la misma ley ritual da debida cuenta de que la mera ausencia de las firmas no invalida per se el instrumento, toda vez que en la norma general del art. 1...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Juncos, Marcela del Valle

Revista Nro: 129
Nro Página: 202

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