Despido
Solidaridad / Improcedencia / Fraude laboral /Exigir el cumplimiento de normas relativas al trabajo y a los organismos de la seguridad social no necesariamente implica asumir la calidad de empleador principal o responsable solidario si no se prueba la existencia de intermediación perjudicial. Si no existe unidad técnica de ejecución o explotación ni cesión de establecimiento se desecha toda responsabilidad solidaria a la luz del art 30 LCT.
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Tribunal: Cámara del Trabajo, Sala 10
Autos: , Héctor Darío c/ Yudicello, Jessica Romina y otro - Despido
Revista Nro: 202
Nro Página: 219