Impuestos
Código Tributario Provincial / Intereses y recargos / Carácter /El interés utilizado en materia tributaria es el resarcitorio, que es la sanción específica de indemnización por el atraso del deudor en el pago de una obligación pecuniaria. Los recargos son una pena, que es la consecuencia que el derecho tiene previsto ante el incumplimiento de un mandato normativo.
Los intereses y los recargos impositivos corresponden a motivos resarcitorios y punitorios y de ...
Tribunal: Cámara 1ª C. y C.,
Autos: Fisco de la Provincia c/ Vito Salvador Singale
Revista Nro: 46
Nro Página: 259