Ministerio fiscal

Dictamen del fiscal de grado / Idoneidad para el saneamiento de los vicios del inferior /

No se advierte de qué modo se hubiera modificado la resolución de la Cámara de Acusación de haberse cumplido con el requisito legal del art. 464 C.P.P., toda vez que la vista ordenada es a los fines de que el representante del Ministerio Público exprese si mantiene o no el recurso del inferior, pero no puede a través de los fundamentos esgrimidos en su dictamen mejorar dicha impugnación a los efec...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Britos, Mauro César y otros p.ss.aa. de defraudación calificada por administración fraudulenta - Recurso de casació

Revista Nro: 78
Nro Página: 283

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase