Prueba

Negligencia en materia de prueba pericial /

En materia de prueba pericial, no corresponde la caducidad si a la fecha del acuse de negligencia habían transcurrido sólo dos días hábiles del plazo otorgado al perito oficial para presentar su dictamen. En efecto, la falta de presentación por el perito de su informe dentro del plazo fijado por el Tribunal constituye un supuesto en que la prueba no es producida por razones ajenas a la parte (art....
Tribunal: Cámara C.C., de Trab. y Cont. Adm. de Villa Dolores
Autos: Sánchez, Eduardo Luis c/ Antonio Minervino Mu-ñoz

Revista Nro: 80
Nro Página: 203

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