Resultados

22 Oct 1998

Lesión subjetiva

Ghio, Haydee María c/ Emilio Santiago Picca Lesión subjetiva
Aplicación / Aplicación / Diferencia en las contrapres-taciones / Precio vil /
Tribubal: Cámara 1ª C. y C

La lesión es un remedio extraordinario y de estricta aplicación, ya que se trata de una excepción al principio fundamental de la obligatoriedad de los contratos, dado que el art. 954 C.C. es de aplicación rigurosa. La médula de la lesión lo constituye el aprovechamiento o explotación que liga a los dos elementos, el subjetivo y el objetivo; el primero como inferioridad del con-tratante perjudicad...

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22 Oct 1998

Lesión subjetiva

Ghio, Haydee María c/ Emilio Santiago Picca Lesión subjetiva
Prueba documental / Inferioridad del contratante / Explotación /
Tribubal: Cámara 1ª C. y C

La prueba debe versar en la existencia o inexistencia del elemento subjetivo en la persona del lesionado, vale decir si éste otorgó el acto bajo los vicios de la necesidad, de la inexperiencia o simplemente de la ligereza que lo tornarían anulable, sea que actúen en conjunto o alternativamente. De la prueba testimonial rendida surge claramente que la persona lesionada tenía 72 años, se dedicaba a...

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22 Oct 1998

Lesión subjetiva

Ghio, Haydee María c/ Emilio Santiago Picca Lesión subjetiva
Desproporción en las prestaciones / Carga de la prueba /
Tribubal: Cámara 1ª C. y C

Se impone igualmente analizar el elemento objetivo porque la presunción legal le abarca a tal punto que por esta vía podrá llegarse a demostrar igualmente la existencia del elemento subjetivo al momento mismo del acto, ya que con un sentido más leve se ha considerado que una notable desproporción la hace presumir. De la prueba rendida en autos especialmente la documental y pericial se llega a la ...

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22 Oct 1998

Lesión subjetiva

Ghio, Haydee María c/ Emilio Santiago Picca Lesión subjetiva
Desproporción en las prestaciones / Presunción legal de explotación / Presunción legal de explotación /
Tribubal: Cámara 1ª C. y C

Encontrándose acreditada la desproporción de prestaciones, nace la presunción legal del art. 954 C.C., de que hubo explotación, la que sólo puede destruirse con prueba en contrario. La disposición legal invierte la carga de la prueba: es el accionado quien debe destruir la presunción juris tantum del art. 954 C.C. demostrando que no hubo explotación porque su contratante era experta y hábil en ese...

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23 Mar 1994

Lesión subjetiva

Polka, Marta B. c/ Carlos Alberto Grosso Lesión subjetiva
Configuración. /
Tribubal: T.S.J., Sala Civil

La fórmula consagrada por el art. 954 C.C. de corte subjetivo-objetivo, establece una figura que se integra con tres elementos a saber: 1) desproporción de las prestaciones; 2) inferioridad de la víctima; y 3) aprovechamiento del lesionante o actitud ilícita del beneficiario del acto. 1) La desproporción, de carácter objetivo, pero ya no medida con topes matemáticos fijos, sino una desproporción ...

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