Nada hay de contradictorio ni de extraño en que la testigo haya percibido con sus sentidos una parte del hecho (los momentos previos) y no otra (el momento mismo de la colisión), aun cuando haya estado próxima al lugar, porque basta haber desviado la vista un instante para dejar de visualizar un hecho instantáneo como ese; de ahí que esta circunstancia no puede i...
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La referencia a la regla del art. 309 C.P.C.C. no está fuera de lugar, sobre todo teniendo en cuenta la doctrina general que entiende que la prohibición opera no sólo cuando el testimonio del pariente es ofrecido «contra» una de las partes, sino cuando es propuesto por la parte como prueba propia y lógicamente a su favor. Aunque la descripción del testigo fuere c...
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Podría aceptarse que la declaración del testigo pudiese ser apreciada en conexión con otras pruebas de modo que la convicción se obtuviese a partir de la fuerza persuasiva del conjunto. En el caso de autos no hay ninguna otra prueba que pueda sugerir que la causa de la caída de la actora residiera en el defecto que presentaba el piso del local comercial de la dem...
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Es sugestivo el sigilo con que se produjo la prueba del defecto existente en el piso del hipermercado. Se lo hizo como medida preliminar, antes de la demanda, pero calificándola como preparatoria, cuando era en realidad una inequívoca prueba anticipada. Esta inexacta calificación hizo posible que la medida fuese despachada sin la citación de la demandada, régimen...
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El hecho de que la actora no acompañara la prueba anticipada con la demanda, pese a que constituían documentales que se hallaban en su poder, obligó a la demandada a contestar la demanda sin tener a la vista el resultado de aquellas diligencias, que recién fueron sacadas a la luz en la etapa probatoria. Esa omisión es particularmente grave en el caso concreto por...
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Cuando las declaraciones de los testigos son funcionales a los intereses de la parte que los propuso, el juzgador debe seleccionar aquellas que sean más convincentes, pero cuando ninguna de ellas, o sólo alguna, tenga ese carácter, debe recurrirse ineludiblemente a los demás medios probatorios incorporados al proceso para determinar, a la luz de los principios de la san...
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\r\nCuando de las declaraciones testimoniales surgen contradicciones graves y recaen sobre el hecho principal, el juez debe determinar, con una crítica severa de cada uno y del conjunto, si se deben descartar los varios testimonios o si puede darles credibilidad a algunos o varios, teniendo en cuenta que «los testimonios se pesan y no se cuentan». Esta evaluación es el resultado de la crítica minu...
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\r\nLas reglas de la sana crítica son, ante todo, las reglas del correcto entendimiento humano. En ellas intervienen las reglas de la lógica, con las reglas de la experiencia del juez. Unas y otras contribuyen de igual manera a que el magistrado pueda analizar la prueba con arreglo a la sana razón y a un conocimiento experimental de las cosas. El juez que debe decidir con arreglo a la sana crítica...
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\r\nLos testigos son traídos a juicio no para emitir opiniones sino para la comprobación de los hechos producidos que han percibido por sus sentidos, de modo que lo que no puede faltar es la razón del dicho para que el juez pueda apreciar el valor probatorio (art. 304 in fine C.P.C.C.).La declaración de una testigo que es empleada de la demandada debe ser evaluada con especial estrictez, en virtud...
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\r\nEl hecho de que la testigo trabaje en el estudio contable de la demandada no constituye suficiente razón de sus dichos, ya que no da motivo, fundamentación o explicación acerca de la forma en que conoció un hecho, para que el tribunal pueda determinar si lo presenció o lo sabe por referencias. La ausencia de la explicación indicada priva a la respuesta de la suficiente credibilidad y fuerza pr...
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