No es óbice para la fijación de alimentos provisorios a cargo de los abuelos el hecho de que los alimentados se encuentren recibiendo una cuota de parte del progenitor, si el valor de ésta se entiende insuficiente para cubrir las necesidades elementales de los menores y éstos podrían quedar en un verdadero estado de necesidad, máxime si existe reconocimiento de que el padre no está en condiciones ...
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Concurren, prima facie, los requisitos de verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora, lo que parece dirimente en punto al mantenimiento de la cuota alimentaria provisoria fijada, que por sus características participa de la naturaleza de las medidas precautorias: vínculo de parentesco; imposibilidad de un aumento de cuota por parte del padre, exigüidad de los ingresos de la madre ...
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A los fines del cumplimiento del acuerdo sobre cuota alimentaria, es necesario establecer qué se entiende por «haberes». En tal sentido, no se puede entender qué son «el haber mensual» y los rubros que lo integran, excluyendo los suplementos y compensaciones. En efecto, la definición de haber mensual ha sido efectuada a los fines de permitir el cálculo de los otros rubr...
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Al encontrarse en trámite el incidente de cambio de tenencia iniciado por el progenitor y que el menor se encuentra conviviendo con él, la jueza consideró innecesario mantener la medida trabada, teniendo en cuenta que la prestación alimentaria fue acordada por las partes para satisfacer las necesidades del menor....
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La jueza rechazó el incidente de reducción de cuota alimentaria articulado por el progenitor e hizo lugar al pedido de aumento solicitado por la progenitora, fijó la cuota alimentaria en favor del menor en el veinticinco por ciento de los ingresos que percibe el alimentante por todo concepto, una vez deducidos los descuentos de ley. Asimismo ordenó que continuara con la...
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El juez resolvió no hacer lugar a la solicitud efectuada por la apoderada de la progenitora para que se depositen los importes correspondientes al sueldo anual complementario que percibe el alimentante. \nEn este sentido sostuvo que los progenitores primeramente acordaron que la cuota alimentaria en favor de los menores y a cargo del padre, sería del cuarenta y cinco por ciento de lo...
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Firme la sentencia que decreta el divorcio por culpa de la esposa o de ambos cónyuges, cesa ipso iure la obligación del marido de pagar alimentos provisionales, caducando el derecho de cobrar las cuotas devengadas y no percibidas. No resulta, por lo tanto necesaria, declaración judicial alguna al respecto. De allí entonces que al no haberse percibido los alimentos, es i...
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El abuelo puede rechazar el reclamo si uno de los progenitores del reclamante se halla en condiciones de prestar alimentos.\nLa acción entablada merece el concepto de subsidiariedad entre parientes; de allí que quien reclama de su pariente una prestación alimentaria, debe probar que quienes están obligados en un grado de parentesco más cercano -léase proge...
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La insuficiencia de ingresos de la esposa, sumariamente acreditada, amerita la fijación de gastos causídicos ya que ha quedado probado que la profesión era desarrollada juntamente con su esposo con un volumen considerable de trabajo hasta la separación y que con posterioridad su actividad laboral se vio resentida.\nPara la fijación de litis expensas no basta el m...
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La prestación alimentaria de los cónyuges que se encuentran separados de hecho subsiste y encuentra su fundamento en la asistencia material que se deben los esposos prevista en el art. 198 C.C.. Cuando la demanda de divorcio vincular se presente estando separados de hecho los cónyuges, los alimentos acordados se deben con independencia de la culpa en la separación, la q...
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