No se advierte el riesgo o peligro de colapso definitivo del sistema económico financiero nacional, atento a que el propio Estado Nacional ha eliminado recientemente las restricciones de cuentas a la vista, como también que numerosas entidades financieras han hecho una pública oferta de devolución en forma anticipada de depósitos reprogramados.\nResulta proceden...
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El amparo es un procedimiento judicial de tipo sumarísimo, cuyo objeto es la protección rápida y eficaz de los derechos constitucionales y que de acuerdo con el art. 2...
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Nuestro más alto cuerpo ha dicho que ?el condicionamiento del amparo a la existencia de otro medio judicial más idóneo no deroga el art. 2...
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La institución del amparo no tiene por finalidad otorgar a la justicia un método para supervisar el accionar de los organismos administrativos o del Estado en sus diversas funciones, ni para controlar el acierto o el error con que aquéllos desempeñan las funciones que la ley les encomienda, sino la de proveer un remedio rápido y eficaz contra las arbitrariedades ...
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No apareciendo consagrada expresamente la ?estabilidad? que se invoca por parte del actor, no puede prima facie afirmarse que la resolución que dispone su cesantía, emanada del Senado de la provincia, resulte arbitraria e ilegal, por lo que es acertada la decisión del juez a quo cuando afirma que el contencioso administrativo se constituye en la vía judicial más ...
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Dado el carácter excepcional de la acción de amparo, es necesario para admitirla que exista una irregularidad manifiesta en el acto que se impugna, no siendo al efecto suficiente la simple invocación por el recurrente de razones formales que hacen al modo de ejercicio de las facultades privativas de un órgano de gobierno....
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No se ha demostrado que exista una actuación contraria a la ley por parte de la demandada. Tampoco se ha acreditado que la resolución cuestionada sea arbitraria o ilegal. La exigencia del art. 43 C.N. (o del art. 1...
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Los intereses individuales del actor, como cuotapartista del fondo común de inversión que integra, se encuentra representado por la «sociedad geren-te», en defensa de su aporte personal. Dicha sociedad le remitió carta documento comunicándole que ha presentado un recurso de amparo soli-citando la declaración de inconstitucionalidad del decr. 214/02, con la consiguiente reprogramación de depósitos ...
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Es de la esencia de la emergencia el hecho de consistir en una situación excepcional y transitoria. Sin embargo, no puede predicarse que esa característica haya tipificado la emergencia económica instaurada en nuestro país. Los llamados «estados de emergencia económica» han pasado a ser la regla y la normalidad la excepción, quebrando de este modo el recto orden constitucional....
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El Estado nacional, desconociendo en forma absoluta el texto expreso de la ley 25.466 que declaró la intangibilidad de los depósitos bancarios, y quebrando por completo el principio de confianza legítima res-pecto de los ciudadanos, implantó el consabido «corralito», pese a que incluso la ley de intangibilidad no fue dictada en el marco de una situación económica floreciente, sino que -por el cont...
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