Las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos adoptadas por la Organización de las Naciones Unidas, es un documento que si bien no cuenta con raigambre constitucional como los instrumentos internacionales elevados a esa máxima jerarquía normativa por el art. 75, inc. 22 C.N., resulta orientador como pauta de una buena organización penitenciaria y de la práctica relativa al tratamiento de ...
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El ordenamiento penal procesal sólo autoriza durante la etapa del juicio el dictado del sobreseimiento si acontecimientos sobrevivientes o simplemente acreditados con posterioridad a la acusación, acreditaren palmariamente la existencia de cualquier excusa absolutoria, la inimputabilidad del acusado o la extinción de la pretensión penal. No siendo aplicables en la referida etapa las demás causales...
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Son resoluciones equiparables a sentencia definitiva, y por lo tanto, impugnables en casación, las decisiones que antes del fallo final de la causa mantienen una medida de coerción, en razón de que pueden irrogar agravios de imposible reparación posterior, dada la jerarquía constitucional de la libertad personal de quien cuenta con la presunción de inocencia.
El recurso es sustancialmente impro...
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Si bien esta Sala tiene dicho que a raíz de la raigambre constitucional de la libertad personal, las medidas de coerción que la limitan durante el proceso, son siempre provisorias y por ello revisables, el tratamiento de reproches contra una prisión preventiva que oportunamente fue consentida por el encartado y su defensa se justifica en la medida en que de alguna manera muten las bases sobre las ...
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En el marco de lo dispuesto por el art. 281 C.P.P., por peligrosidad procesal debe entenderse el riesgo que la libertad del imputado puede entrañar para los fines del proceso seguido en su contra, esto es, su posible afectación de los objetivos de descubrimiento de la verdad real (interponiendo obstáculos para su logro) y de actuación de la ley penal sustantiva (impidiendo el normal desarrollo del...
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En cuanto a la distribución de competencias entre cámaras del crimen y juzgados de ejecución en relación con la privación cautelar de la libertad padecida por quienes cuentan con una condena aún no firme, en virtud de lo dispuesto por el art. 35 bis -incorporado al Código Procesal Penal de la Provincia por ley 8658- y en ejercicio de sus facultades de superintendencia, a fin de organizar la implem...
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Los arts. 10 y 15 de la ley 23.098 pertenecen al capítulo de disposiciones procesales que no tienen vigencia a nivel provincial....
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En el procedimiento especial del juicio abreviado, no se puede objetar el fallo por vía casatoria alegando un reproche de carácter formal, si no se acusa una inobservancia que vulnere la base misma del consenso. Ahora bien, la imposición de la pena no forma parte del consenso contemplado en el art. 415 C.P.P. y por ello impone un examen especial....
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La facultad discrecional de fijar la pena es exclusiva del tribunal de juicio y únicamente es revisable en casación en supuestos de arbitrariedad. Dentro de ese estrecho margen de recurribilidad relativo a las facultades discrecionales del tribunal de sentencia, se ha fijado el estándar de revisión en los supuestos de falta de motivación de la sentencia, de motivación ilegítima o de motivación omi...
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La reincidencia permite agravar el monto de la pena individualizada debido a la mayor culpabilidad del autor que la evidencia. Es que el hecho de haber sido condenado en una oportunidad y obligado a cumplir pena privativa de la libertad, demuestra el mayor grado de culpabilidad de la conducta posterior, a raíz del desprecio que manifiesta por la pena quien, pese a haberla sufrido antes, recae en e...
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