No puede cohonestarse la pretensión de invalidar unilateralmente y sin causa la fuente de trabajo, cuando ésta sólo puede lograrse a través de las asociaciones intermedias. La cláusula invocada por la demandada, Federación Odontológica de la Provincia de Córdoba, para excluir a los actores del listado de prestadores del I.P.A.M. es sustancial...
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La relación entre los accionantes y la accionada se ha establecido con base en un contrato de adhesión (intitulado ?solicitud?) -que incluye una cláusula que dispone que el profesional solicitante ?acepta la facultad de la Federación Odontológica de la Provincia de Córdoba de disponer la exclusión del padrón de prestadores sin expresió...
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El art. 369, 1er párr., C.P.C.C., impone al secretario del tribunal el deber de elevar los autos cuando se encuentran en condiciones para que ante la alzada se tramite y continúe con el procedimiento recursivo. La ley establece para el actuario un deber genérico que se convierte en un deber específico frente a las partes, a quienes asiste la facultad jurídica de ...
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La petición del justiciable es la única manera de lograr, desde el punto de vista de la relación parte-tribunal, el cumplimiento concreto del deber genérico de elevar el expediente, independientemente de la responsabilidad administrativa que genere la morosidad, porque ésta no dispensa al interesado en el cumplimiento de las cargas que el ordenamiento del proceso...
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El tribunal no hizo lugar al pedido de designación de tutora formulada por la actora respecto de su hermano menor atento no haber acreditado ésta las condiciones de idoneidad requeridas para el cargo de tutora, por lo que no resulta procedente hacer lugar al pedido de tutela impetrado por ella.\nDel informe expedido por el CA.TE.MU., entrevista psicológica a la peticionante, s...
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Si bien es cierto que del informe del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, surge que el demandado efectuó «denuncia de venta», existiendo también orden de secuestro del camión vendido, esto no mejora la situación del demandado. La comunicación a que hace referencia el art. 27 decr. ley 6582/58 y sus modificatorias, no pudo efectuarse por ignorarse el ...
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La prueba pericial es el medio por el cual las personas ajenas a las partes, que poseen conocimientos especiales en alguna ciencia, arte o profesión y que han sido previamente designadas en un proceso determinado, perciben, verifican hechos y los ponen en conocimiento del juez, y dan su opinión fundada sobre su interpretación y apreciación, a fin de formar la convicci&o...
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La actuación de los peritos está regulada en nuestra ley ritual, otorgándose a las partes la máxima seguridad para su correcto desempeño. Una vez designado el perito, las partes pueden designar un perito de control cuya misión no es hacer una pericia conjunta con el perito oficial, sino que su labor debe consistir en demostrar que el método realizad...
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El dictamen pericial no obliga al juez ni tiene fuerza decisoria y su eficacia probatoria emana de los fundamentos en que se apoya, ponderados de acuerdo con las reglas de la sana crítica, que aconsejan aceptar sus conclusiones cuando ellas se encuentran garantizadas por la consistencia de los principios en que se fundan. Más aún, cuando no hay antecedentes que los desvirt&uac...
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Si bien es cierto que del informe del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, surge que el demandado efectuó «denuncia de venta», existiendo también orden de secuestro del camión vendido, esto no mejora la situación del demandado. La comunicación a que hace referencia el art. 27 decr. ley 6582/58 y sus modificatorias, no pudo efectuarse por ignorarse el ...
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