Tercería de mejor derecho

Tercería incoada por el fisco / Plazo para deducirla: cómputo /

El art. 592 C.P.C.C., después de reconocerle un “privilegio especial” al fisco, le impone como contrapartida, la carga de deducir tercería de mejor derecho, dentro del plazo de caducidad de 10 días, contado a partir de la notificación de la observación al informe previsto por el art. 569 ib., efectuada por el ejecutante. Cuando el art. 592 C.P.C.C. habla de “caducidad”, se refiere a la extinci...
Tribunal: Cámara C., C., del Trab. y Flia. de San Francisco
Autos: Municipalidad de Porteña interpone tercería de mejor derecho en autos: ‘Banco de la Provincia de Córdoba c/ Carlos Omar Ganz

Revista Nro: 158
Nro Página: 243

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