Despojo
Objeto de la acción / Irrecurribilidad de la sentencia /La acción de despojo, legislada en el art. 2490 y ss. C.C., constituye una disposición de orden público, destinada a prevenir la violencia y el hacerse justicia por sí mismo con grave perturbación de la paz pública; se otorga al poseedor o tenedor, aun vicioso y aunque carezca de requisito de anualidad, sin obligación de producir título alguno (protege la integridad del corpus posesorio, con abstr...
Tribunal: Cámara C., C., del Trab. y Flia. de Villa Dolores
Autos: Brito, Francisco Aníbal c/ Diego Ariel Siriani y otro
Revista Nro: 158
Nro Página: 232