Trabajo en supermercado

Jornada Laboral / Características de la actividad / Horas suplementarias / Procedencia del reclamo /

Las horas trabajadas los días sábados después de las trece, domingos y feriados, no son -por ese solo hecho- calificadas como suplementarias, ya que para configurar la realización de éstas, deben superar o exceder los límites de cuarenta y ocho horas semanales o nueve horas diarias. En cuanto al tiempo transcurrido entre jornada y jornada, las diferencias que pudiesen surgir de la pausa prescr...
Tribunal: Cámara de Trabajo de San Francisco
Autos: Galfione, María Belén c/ Pedrotti Distribuciones S.R.L.

Revista Nro: 156
Nro Página: 321

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