Competencia
Probidad y buena fe / Condición de aplicación de la sanción prevista en el C.P.C.C. / Conducta temeraria en juicio ejecutivo /Las partes deben actuar con un mínimo exigible de cooperación y el incumplimiento de este deber implica un actuar reñido con los principios que se requieren desde el art. 83 C.P.C.C.
Los deberes de lealtad y buena fe que establece el art. 83 C.P.C.C. traducen el de cooperación mínima que las partes se deben en el decurso del proceso y pueden producirse por conductas omisivas o comisivas. Estas ...
Tribunal: Cámara 9ª C. y C.
Autos: Tessio, Daniel Rolando c/ Cordero, Roberto Vicente
Revista Nro: 152
Nro Página: 324