Locación de servicios

Ausencia de fraude laboral / Primacía de la autonomía de la voluntad /

No se configura el fraude o simulación de conformidad con la normativa del art. 14 L.C.T y la existencia de un contrato de trabajo en los términos del art. 21 del mismo cuerpo legal. Hubo la plena vigencia de un principio, que se excluye por cuestiones de orden público de la ley del contrato de trabajo y es el de la autonomía de la voluntad de las partes, que actuaron, se comportaron y se ajustaro...
Tribunal: Cámara de Trabajo de San Francisco
Autos: Carubelli, Ricardo c/ Z.F. Sachs Argentina S.A.

Revista Nro: 151
Nro Página: 344

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