Libertad asistida

Concesión / Requisito negativo: grave riesgo / Interpretación constitucional /

Conforme a lo previsto por el art. 54 de la ley 24.660, el penado podrá gozar de la libertad asistida, como una forma de soltura anticipada, seis meses antes del agotamiento de la condena. Asimismo, deberán requerirse informes provenientes del organismo técnico criminológico. Por último, el juez de ejecución o juez competente podrá denegar la incorporación del condenado a este régimen sólo excepci...
Tribunal: Tribunal Oral Federal Nº 1
Autos: Argüello, Carlos Enrique a/ Legajo de ejecución

Revista Nro: 150
Nro Página: 358

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