Prueba confesional

Confesional ficta / Valoración / Sana crítica racional /

Que conforme lo dispuesto por el art. 225 C.P.C.C., corresponde tener por confesa a la accionada ausente de las posiciones formuladas en el mismo, pero sin embargo es criterio de este tribunal que el valor que se le debe otorgar a dicha medida probatoria no puede ser suficiente para fundar por si sola una sentencia condenatoria, es decir que no tiene un valor absoluto, por lo que su eficacia debe ...
Tribunal: Cámara del Trabajo, Sala VII
Autos: Alvarez, Julio Ernesto c/ Alma Construcciones S.R.L.

Revista Nro: 149
Nro Página: 321

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