Representación procesal

Poder conferido a no letrado: eficacia /

El art. 81 C.P.C.C. no niega validez a los poderes generales de administración y disposición que se pueden otorgar a favor de cualquier persona que ostente la capacidad necesaria para tales actos, en ejercicio de una representación que pretende no ya directamente el ejercicio del ius postulandi en el pleito, sino la sustitución del representado en su calidad de parte. Las normas específicas que...
Tribunal: Cámara 9ª C. y C.
Autos: Cajiao, Aldo Héctor c/ López, Juan José

Revista Nro: 149
Nro Página: 303

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