Funcionario público

Igualdad ante la ley / Marco normativo / Pautas para valorar la razonabilidad de la desigualdad de trato / Forma de invocar su vulneración /

El principio de igualdad se encuentra reconocido expresamente en el art. 16 C.N., así como por los pactos y tratados incorporados con jerarquía constitucional en el art. 75 inc. 22 C.N. y en la Constitución Provincial (art. 7º). Ha sido definido por la C.S.J.N., como el derecho a que no se establezcan excepciones o privilegios que excluyan a unos de lo que se concede a otros en iguales circunstanc...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Sánchez, Luis Gerardo p.s.a. homicidio culposo agravado

Revista Nro: 148
Nro Página: 240

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