Amparo

Medicina prepaga / Naturaleza / Relación de consumo / Discriminación: improcedencia /

La empresa de medicina prepaga no es un obra social y se organiza mediante un sistema de afiliación voluntaria. El problema de la aleatoriedad y la posibilidad de recupero de fondos es matriz del sistema. El argumento economicista no puede ser esgrimido porque no sustenta una violación constitucional dado que la empresa está legitimada para difundir los riesgos en función del cálculo probabilístic...
Tribunal: Cámara 9ª C. y C.
Autos: Sársfield Juliá, Federico c/ MET S.A.

Revista Nro: 147
Nro Página: 300

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