Menores

Tratamiento tutelar: finalidad / Licencias prologadas: naturaleza /

Las medidas dispuestas en el marco del tratamiento tutelar posterior a la declaración de responsabilidad, y de cuyo resultado dependerá la necesidad o no de la imposición de una pena (art. 4° ley 22.278), tienen características peculiares propias del régimen penal juvenil. Ello así, pues el tratamiento tutelar tiene un fin sociopedagógico, no es más que un instituto de la probation, en el que el j...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: J.I., F.N. p.s.a. robo calificado

Revista Nro: 146
Nro Página: 289

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase