Perención de instancia

Perención de la segunda instancia / Decreto de autos firme, sin que se requiera el pase a estudio de la causa /

Queda claramente evidenciado el desinterés del apelante por el recurso articulado y configurado así el elemento subjetivo del instituto examinado, cual es la presunción de abandono de la instancia, por haber transcurrido el plazo de seis meses legalmente establecido para que la caducidad se produzca (art. 339 inc. 2 del C.P.C.C.) sin actividad de impulso y en nada alteran la conclusión precedente,...
Tribunal: Cámara C., C., de Flia,, del Trab. y Cont. Adm. de Villa Dolore
Autos: Quiroga, Luis Alberto c/ Administración Suc. de Juan Feliciano Manubens Calvet

Revista Nro: 143
Nro Página: 269

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase