Interpretación de la ley
Interpretación sistemática y telológica /La exclusión de la prueba de testigos a la que alude el art. 1017 del C.C., también rige en materia penal.\nLa figura penal del art. 173 inc. 4 del C.P., se encuentra prevista en resguardo de la institución reglada por los art. 1016 y 1017 del C.C., no pudiendo ser derogada por las leyes procesales locales. Para determinar el alcance de la exclusión de la prueba con testigos, es importante tener e...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Luciani, Gustavo Adolfo
Revista Nro: 142
Nro Página: 274