Competencia

Competencia originaria de la C.S.J.N. /

Existen razones institucionales que imponen aplicar un principio de interpretación restrictiva respecto de la posibilidad de prorrogar la competencia prevista en el art. 117 de la C.N., por lo que no resulta aplicable lo resuelto en Fallos 331:793. \nToda parte que pretenda la tutela anticipada proveniente de una medida precautoria debe acreditar prima facie, la existencia de verosimilitud en el d...
Tribunal: C.S.J.N.
Autos: Papel Prensa S.A. c/ Estado Nacional - Provincia de Buenos Aires citada como tercero s/ acción meramente declarativa

Revista Nro: 142
Nro Página: 187

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