Despido

Fondos de la seguridad social / Ausencia de intimación previa / Improcedencia del reclamo indemnizatorio /

Puede verificarse que la accionante ha ignorado en todos sus términos lo dispuesto por el art. 80 L.C.T., toda vez que ninguna intimación en los términos por ella previstos realizó, motivo por el cual esta indemnización carece de un requisito de procedencia y por lo tanto debe ser rechazada en todos sus términos....
Tribunal: Cámara del Trabajo, Sala VII
Autos: Navarro, Marisa Roxana c/ Disco S.A.

Revista Nro: 141
Nro Página: 287

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