Recurso de apelación
Errores in procedendo / Convalidación de los actos / Improcedencia de la reparación por vía de apelación /Una vez dictada la respectiva resolución, sólo es factible plantear la nulidad vía recurso de apelación (art. 362 del Código Procesal), para invalidar aquélla por violación de las formas y solemnidades prescriptas para su dictado.\nSi notificada la resolución, ella no fue impugnada, todo el procedimiento quedó definitivamente convalidado, sin que proceda pretender la reparación de los agravios que...
Tribunal: Cámara 1ª C., C. y Cont. Adm. de Río Cuarto
Autos: Rauch, Inocencia Marta c/ Félix Escuelfil Freites
Revista Nro: 134
Nro Página: 267