Litis pendencia

Tratamiento conjunto con la cuestión de fondo / Inexistencia de agravio /

El hecho que se hayan tratado la litis pendencia y el fondo del asunto en forma conjunta no provoca un agravio que deba ser atendido cuando perfectamente pudo ejercer su derecho de defensa y criticar lo decidido, pese a lo cual no se formula queja respecto de la desestimación de la excepción.\r\nSi la vivienda fue otorgada con motivo de la relación laboral y ésta se encuentra extinguida, estando f...
Tribunal: Cámara Nacional del Trabajo, Sala X
Autos: Consorcio de Propietarios del Edificio Charcas 2901 c/ Ruiz, Mauro Máximo

Revista Nro: 134
Nro Página: 181

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